Datos clave: entra en vigor al día siguiente de publicarse; plazo de dieciocho meses.
Lo que dice la norma: «2. La ley será de aplicación a aquellas personas mencionadas en el artículo 3 de la ley que resulten perjudicadas por los actos de terrorismo cometidos en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Así mismo, también será de aplicación a aquellas personas mencionadas en el artículo 3, aun cuando los actos terroristas hubieran acaecido en cualquier otro lugar del territorio español o en el extranjero, siempre que cumpla alguna de las siguientes condiciones: a) Haber estado empadronada en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el momento en el que se produce dicha acción terrorista.
Ley publicada por COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA, en el epígrafe «Víctimas del terrorismo».
Una ley la aprueba un parlamento — el estatal o el autonómico — y se publica en el BOE para entrar en vigor.
Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.