Datos clave: en vigor del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2030; importe: 500.000.000 euros; plazo de tres meses.

Lo que dice la norma: TÍTULO I Medidas en materia energética CAPÍTULO I Medidas urgentes de protección social y económica de colectivos vulnerables y la industria Artículo 1. Descuentos en el año 2026 a consumidores domésticos de energía eléctrica vulnerables y vulnerables severos.

Real Decreto-ley publicado por JEFATURA DEL ESTADO, en el epígrafe «Medidas urgentes».

Un real decreto-ley lo dicta el Gobierno por urgencia y tiene fuerza de ley, pero el Congreso debe convalidarlo en 30 días o decae.

Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.