Datos clave: plazo de dos meses.

Lo que dice la norma: Que con fecha 11/09/2025 se presentaron en este Registro de la Propiedad los documentos de referencia. Segundo. Por el primero de los precedentes documentos la entidad mercantil “Pino Florido, S.L.” vendió a doña M. N. C. R., una participación indivisa de 640/46.158,86 avos de la finca rústica de este Registro número 2.894. Y por el segundo la misma entidad mercantil vendió a don D. F. M. otra participación indivisa de 1.060/46.158,86 avos de la misma finca.

Resolución publicada por MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES, en el epígrafe «Recursos».

Una resolución es un acto de un órgano concreto de la Administración. No crea normas generales: aplica las que ya existen a un caso determinado.