Datos clave: entra en vigor al día siguiente de publicarse.

Lo que dice la norma: Objeto. Este real decreto tiene como objeto: a) Crear y constituir un total de quinientas plazas judiciales, de las cuales trescientas sesenta y ocho se corresponden con plazas en Secciones de Tribunales de Instancia, dos en el Tribunal Central de Instancia, noventa y seis con plazas en órganos colegiados y treinta y cuatro con plazas de juez o jueza de adscripción territorial en los respectivos Tribunales Superiores de Justicia.

Real Decreto publicado por MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES, en el epígrafe «Demarcación y planta judicial».

Un real decreto es una norma del Gobierno aprobada en Consejo de Ministros: desarrolla lo que una ley deja abierto y es donde suele estar la letra pequeña que de verdad aplica.

Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.