Datos clave: plazo de dos meses.
Lo que dice la norma: Inscripción directa.–Se admita el presente escrito teniendo por interpuesto recurso frente a la calificación dicha, procediendo, previos los trámites legalmente previstos, a dictar Resolución que la revoque ordenando la inscripción de la Escritura sin más trámites, dado que contiene todos los elementos necesarios para ello. Segundo. Subsidiario procedimiento del Art 199 de la Ley Hipotecaria.– Si tras tener en cuenta todos los elementos de la Escritura a los que ni se refiere la calificación, todavía subsistieran las dudas del funcionario, se solicita que cumpla lo interesado en aquella y las Resoluciones citadas, y tramite el procedimiento del art.
Resolución publicada por MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES, en el epígrafe «Recursos».
Una resolución es un acto de un órgano concreto de la Administración. No crea normas generales: aplica las que ya existen a un caso determinado.