Datos clave: plazo de sesenta días.

Lo que dice la norma: Con fecha 18/06/2025 se presentó solicitud para la constancia/asignación del número de Registro de Alquiler de Corta Duración respecto de la finca registral 44.202 (C.R.U. Segundo. El Registro emitió nota de calificación negativa, ratificada y notificada el 01/09/2025 tras solicitud de calificación sustitutoria. Tercero. La denegación se basa en una interpretación analógica de una cláusula estatutaria relativa al “aprovechamiento por turno (time-sharing) o similares”, que el Registro equipara al alquiler turístico, pese a no existir prohibición estatutaria literal de éste.

Resolución publicada por MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES, en el epígrafe «Recursos».

Una resolución es un acto de un órgano concreto de la Administración. No crea normas generales: aplica las que ya existen a un caso determinado.