Datos clave: entra en vigor al día siguiente de publicarse; plazo de 20 días.
Lo que dice la norma: Artículo único. El artículo 6 queda redactado del siguiente modo: «Artículo 6. Información pública y trámite de audiencia. En el procedimiento de reconocimiento de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias se realizará un trámite de información pública, mediante la publicación en el portal de internet del Departamento de los documentos recogidos en el artículo 2, a fin de que cualquier persona pueda formular las observaciones que estime oportunas en el plazo de 20 días.
Real Decreto publicado por MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN, en el epígrafe «Organizaciones interprofesionales agroalimentarias».
Un real decreto es una norma del Gobierno aprobada en Consejo de Ministros: desarrolla lo que una ley deja abierto y es donde suele estar la letra pequeña que de verdad aplica.
Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.