Datos clave: plazo de dos meses.
Lo que dice la norma: Aprobar y hacer pública la relación de las personas participantes que han superado las pruebas de selección y son declaradas aptas en los anexos siguientes: Anexo I: Vigilantes de Seguridad. Anexo II: Escoltas Privados. Anexo III: Vigilantes de Explosivos. Segundo. Para la tramitación de los expedientes de habilitación a que se refiere el punto 7 de la convocatoria, cada persona participante declarada apta deberá solicitar la expedición de la Tarjeta de Identidad Profesional (TIP) para Vigilante de Seguridad y su especialidad de Vigilante de Explosivos y Escolta Privado, utilizando el formulario de solicitud que se encuentra en el enlace de sede electrónica de la página www.policia.es.
Resolución publicada por MINISTERIO DEL INTERIOR, en el epígrafe «Vigilantes de seguridad».
Una resolución es un acto de un órgano concreto de la Administración. No crea normas generales: aplica las que ya existen a un caso determinado.