Lo que dice la norma: Los precios de referencia para los hidrocarburos producidos durante el primer semestre de 2026 en concesiones de explotación de yacimientos sujetas al Impuesto sobre el Valor de la Extracción de Gas, Petróleo y Condensados y, en su caso, a la obligación de realizar pago a los propietarios de terrenos suprayacentes serán los siguientes: a) Petróleo crudo: 75,4560 euros/barril. b) Condensados: 1.º Nafta: 545,8201 euros/t. 2.º Queroseno: 886,8323 euros/t. 3.º Gasóleo 0,1 %: 772,7017 euros/t. 4.º Propano: 501,9976 euros/t. 5.º Butano: 533,3138 euros/t. c) Gas natural: 42,6431 euros/MWh. Segundo. Eficacia. Esta resolución surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Resolución publicada por MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO, en el epígrafe «Gas, petróleo y condensados».

Una resolución es un acto de un órgano concreto de la Administración. No crea normas generales: aplica las que ya existen a un caso determinado.

Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.