Lo que dice la norma: Se modifica la redacción de los apartados 3 y 4 del artículo 23 de la Ley Foral, que quedan redactados del siguiente modo: «3. La Comisión Foral para la Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios Públicos se compondrá del siguiente modo: a) Presidente: se designará por acuerdo del Gobierno de Navarra. b) Vocales: – Una persona en representación del departamento competente en materia de planificación, coordinación y evaluación de políticas públicas. – Una persona en representación del departamento competente en materia de presupuestos. – Una persona en representación del departamento competente en materia de administración local.
Ley publicada por COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA, en el epígrafe «Calidad de los servicios públicos».
Una ley la aprueba un parlamento — el estatal o el autonómico — y se publica en el BOE para entrar en vigor.
Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.