Datos clave: importe: 24038 euros; plazo de dos meses.

Lo que dice la norma: De la causa esgrimida por la titular del Registro de la Propiedad de Orgaz para emitir calificación negativa. La calificación negativa emitida por la titular del Registro de la Propiedad de Orgaz se fundamente en la ausencia probatoria de los medios de pago empleados en el préstamo suscrito por los comparecientes, y que no se incorpora el contrato causa de la dación en pago. Entiende, además, la Sra. Sánchez Velilla, que la manifestación que esta parte acompaña con el objeto de acreditar, precisamente, los medios de pagos, no constituye tal acreditación, desvirtuando en su totalidad lo recogido en la misma.

Resolución publicada por MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES, en el epígrafe «Recursos».

Una resolución es un acto de un órgano concreto de la Administración. No crea normas generales: aplica las que ya existen a un caso determinado.