Datos clave: entra en vigor al día siguiente de publicarse; importe: 60.000 euros; plazo de diez días.
Lo que dice la norma: Objeto. El presente real decreto tiene por objeto regular la concesión directa, por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante, AECID), con carácter excepcional y por razones de interés público, institucional, humanitario, social y cultural, de dieciséis subvenciones de carácter singular a las entidades beneficiarias y para las actuaciones que se establecen en el artículo 3, en materia de cooperación para el desarrollo sostenible. Las entidades beneficiarias deberán presentar una solicitud de subvención dirigida al órgano instructor del procedimiento, a través de la sede electrónica de la AECID (https://www.aecid.gob.es/inicio) en el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la entrada en vigor de este real decreto.
Real Decreto publicado por MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN, en el epígrafe «Subvenciones».
Un real decreto es una norma del Gobierno aprobada en Consejo de Ministros: desarrolla lo que una ley deja abierto y es donde suele estar la letra pequeña que de verdad aplica.
Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.