Datos clave: plazo de dos meses.

Lo que dice la norma: (…) Segundo. Considera la parte recurrente que el Sr. Registrador de la Propiedad, dicho sea, con los debidos respetos y en estrictos términos de defensa, no tiene en cuenta que: No puede decirse que doña D. A. M., legataria de parte alícuota del tercio de libre disposición de D. J. G. R. I., forme parte de comunidad hereditaria o sea copropietaria de bienes o derechos con los herederos transmisarios, puesto que la comunidad hereditaria es la que surge como consecuencia del llamamiento y aceptación de varias personas como sucesores a título universal de un mismo causante y termina con las operaciones de partición del caudal hereditario.

Resolución publicada por MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES, en el epígrafe «Recursos».

Una resolución es un acto de un órgano concreto de la Administración. No crea normas generales: aplica las que ya existen a un caso determinado.