Lo que dice la norma: Desde las cero horas del día 16 de junio de 2026, los precios de venta antes de impuestos, de aplicación a los suministros de gases licuados del petróleo según modalidad de suministro serán los que se indican a continuación: – Término fijo: 1,58 €/mes. – Término variable: 91,1032 c€/kg. Gases licuados del petróleo (GLP) a granel a empresas distribuidoras de GLP por canalización: 76,3268 c€/kg. Segundo. Los precios establecidos en los apartados anteriores no incluyen los siguientes impuestos vigentes: a) Península e Islas Baleares: Impuesto sobre Hidrocarburos e Impuesto sobre el Valor Añadido. b) Archipiélago Canario:
Resolución publicada por MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO, en el epígrafe «Productos petrolíferos. Precios».
Una resolución es un acto de un órgano concreto de la Administración. No crea normas generales: aplica las que ya existen a un caso determinado.
Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.