Datos clave: plazo de dos meses.
Lo que dice la norma: De la solicitud de inscripción. Que mediante instancia suscrita el pasado día 29 de octubre de 2025 con asiento de presentación número 2025/106120, con firma legitimada por el Notario de Madrid, D. Pedro Antonio Mateos Salgado, el día 28 de octubre 2025 con el número 5.280 de la orden de su protocolo, se solicitó la inscripción de acuerdos sociales de la Junta General de fecha 1 de agosto de 2025 relativos al objeto social y consecuente modificación del Artículo 2.º de los estatutos sociales de la Sociedad. Que presentado dicho documento en el Registro de la Propiedad de Madrid, es objeto de calificación negativa, con arreglo a los siguientes hechos y fundamentos jurídicos: […].
Resolución publicada por MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES, en el epígrafe «Recursos».
Una resolución es un acto de un órgano concreto de la Administración. No crea normas generales: aplica las que ya existen a un caso determinado.