Datos clave: entra en vigor al día siguiente de publicarse.
Lo que dice la norma: Artículo único. El apartado 1 del artículo 81 queda redactado del siguiente modo: «Artículo 81. Otros casos de operaciones de los dispositivos de seguridad. En relación con las características de la cadena de suministro en España y de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del Reglamento Delegado (UE) 2016/161 de la Comisión, de 2 de octubre de 2015, las entidades de distribución, o el laboratorio titular de la autorización de comercialización, en su caso, verificarán la autenticidad e integridad de los dispositivos de seguridad y desactivarán el identificador único de los medicamentos cuando:
Real Decreto publicado por MINISTERIO DE SANIDAD, en el epígrafe «Medicamentos».
Un real decreto es una norma del Gobierno aprobada en Consejo de Ministros: desarrolla lo que una ley deja abierto y es donde suele estar la letra pequeña que de verdad aplica.
Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.