Datos clave: con efecto hasta el 2 de enero de 2027; importe: 50.000 euros.

Lo que dice la norma: Periodicidad y forma de remisión de las declaraciones a efectos de supervisión e inspección y demás funciones que tiene legalmente atribuidas el Banco de España.

Orden ministerial publicada por MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA, en el epígrafe «Entidades de crédito. Servicios bancarios».

Una orden ministerial la firma un ministerio y está por debajo del real decreto: concreta detalles técnicos y procedimientos sin pasar por el Consejo de Ministros.

Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.