Datos clave: importe: 5.000 euros; plazo de tres años.

Lo que dice la norma: «Séptimo. Régimen de ayudas de Estado para determinados perceptores de la ayuda extraordinaria para compensar la pérdida de renta en las explotaciones agrarias y acuícolas afectadas, prevista en el artículo 9 del Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero.

Orden ministerial publicada por MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN, en el epígrafe «Sector agrario».

Una orden ministerial la firma un ministerio y está por debajo del real decreto: concreta detalles técnicos y procedimientos sin pasar por el Consejo de Ministros.

Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.