Datos clave: importe: 125.000 euros.

Lo que dice la norma: Objeto y finalidad del Premio. El Premio de Literatura en Lengua Castellana «Miguel de Cervantes» constata el público testimonio de admiración a la figura de una escritora o de un escritor, independientemente de su nacionalidad que, con el conjunto de su obra, haya contribuido a enriquecer el legado literario hispánico. El Premio «Miguel de Cervantes» se concederá no por una obra específica, sino por la totalidad de una obra literaria. Segundo. Dotación económica. Las propuestas deberán dirigirse a la persona titular de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, y podrán ser presentadas empleando un certificado de firma electrónica válida, a través de la sede electrónica del Ministerio de Cultura (https://cultura.sede.gob.es/) en el apartado «Premios», además de en la oficina de asistencia en materia de registros del Ministerio de Cultura y en cualquiera de las demás formas de presentación a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Orden ministerial publicada por MINISTERIO DE CULTURA, en el epígrafe «Premios».

Una orden ministerial la firma un ministerio y está por debajo del real decreto: concreta detalles técnicos y procedimientos sin pasar por el Consejo de Ministros.