Datos clave: plazo de cinco días.
Lo que dice la norma: El artículo 155.1 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, señala la necesidad de que las Administraciones faciliten el acceso de restantes Administraciones públicas a los datos relativos a los interesados que obren en su poder con las máximas garantías de seguridad, integridad y disponibilidad. Este acceso estará limitado estrictamente a aquellos datos que son requeridos a los interesados por las restantes Administraciones para la tramitación y resolución de los procedimientos y actuaciones de su competencia, de acuerdo con la normativa reguladora de los mismos, y siempre con respeto a la normativa de protección de datos.
Resolución publicada por MINISTERIO DEL INTERIOR, en el epígrafe «Convenios».
Una resolución es un acto de un órgano concreto de la Administración. No crea normas generales: aplica las que ya existen a un caso determinado.