Lo que dice la norma: CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículo 1. Objeto. CAPÍTULO II Identificación del título, perfil profesional y entorno profesional del título en el sector o sectores Artículo 2. Identificación del título. a) Denominación: b) Nivel: c) Duración: 2000 horas. d) Créditos del Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos (ECTS): e) Familia Profesional: Artes y Artesanías. f) Referente en la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación: P-5.5.4. g) Referencia del Marco Español de Cualificaciones para el aprendizaje permanente: 5A. Perfil profesional del título.

Real Decreto publicado por MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES, en el epígrafe «Formación profesional».

Un real decreto es una norma del Gobierno aprobada en Consejo de Ministros: desarrolla lo que una ley deja abierto y es donde suele estar la letra pequeña que de verdad aplica.

Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.