Lo que dice la norma: La disolución de la entidad local menor conllevará que el personal que estuviera al servicio de la entidad disuelta quedará incorporado en el Ayuntamiento de Ocón. La disolución conllevará que el Ayuntamiento de Ocón quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones de la entidad disuelta. La disolución deberá comunicarse al Registro de Entidades Locales, conforme se establece en el Real Decreto 382/1986, de 10 de febrero, por el que se crea, organiza y regula el funcionamiento del Registro de Entidades Locales. Asimismo, se comunicará al Registro de Entidades Locales de La Rioja.

Ley publicada por COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA, en el epígrafe «Entidades locales menores».

Una ley la aprueba un parlamento — el estatal o el autonómico — y se publica en el BOE para entrar en vigor.

Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.