Datos clave: plazo de tres meses.

Lo que dice la norma: Que el artículo 32.3 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, dispone que se ofrecerán a los miembros de las Fuerzas Armadas programas de incorporación a otros ámbitos laborales acordes con su empleo, titulaciones, años de servicio e intereses profesionales. Dichos programas, se implantarán por el Ministerio de Defensa en colaboración con las distintas Administraciones públicas y con el sector privado, y se desarrollarán durante la vida activa del militar.

Resolución publicada por MINISTERIO DE DEFENSA, en el epígrafe «Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio».

Una resolución es un acto de un órgano concreto de la Administración. No crea normas generales: aplica las que ya existen a un caso determinado.