Lo que dice la norma: La fecha de la votación será el 29 de abril de 2026. Segundo. Dichas elecciones se efectuarán de conformidad con lo dispuesto en los artículos 151 y concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en los artículos 18 a 50, ambos incluidos, del Reglamento 1/2000, de 26 de julio, de los Órganos de Gobierno de Tribunales. Tercero. En el supuesto de que no se presenten candidaturas, se procederá a instar convocatoria de nuevas elecciones parciales que se celebrarán en el plazo de los seis meses siguientes.

Acuerdo publicado por CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL, en el epígrafe «Tribunales Superiores de Justicia. Elecciones».

Un acuerdo recoge lo pactado entre administraciones u órganos y se publica para que sea oponible a terceros.