Datos clave: con efecto hasta el 31 de marzo de 2027.
Ley publicada por COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA, en el epígrafe «Impuestos». Lo que hace: modificación del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos y de creación de la tasa por el servicio de gestión y recaudación del recargo municipal del impuesto.
Una ley la aprueba un parlamento — el estatal o el autonómico — y se publica en el BOE para entrar en vigor.
Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.