Lo que dice la norma: Convocar las elecciones para los cargos electivos del Consejo Fiscal, fijando el plazo de presentación de candidaturas en un mínimo de treinta días naturales desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con la previsión del artículo 23 del Real Decreto 437/1983, de 9 de febrero, sobre constitución y funcionamiento del Consejo Fiscal.
Resolución publicada por MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES, en el epígrafe «Consejo Fiscal. Elecciones».
Una resolución es un acto de un órgano concreto de la Administración. No crea normas generales: aplica las que ya existen a un caso determinado.