Datos clave: importe: 20.000,00 euros; plazo de cinco días.
Lo que dice la norma: Que el artículo 55 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, establece que el Ministerio de Defensa promoverá la colaboración con universidades, centros de formación profesional e instituciones educativas, civiles y militares, nacionales o extranjeras, para impartir determinadas enseñanzas o cursos y para desarrollar programas de investigación, a través de conciertos u otros tipos de acuerdos. Por su parte, el artículo 43 de la citada Ley 39/2007, de 19 de noviembre, dispone que la finalidad de la enseñanza en las Fuerzas Armadas es proporcionar a sus miembros la formación requerida para el ejercicio profesional. El expediente del gasto se presentará electrónicamente, conforme establece el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, a través de la Sede Electrónica Central del MINISDEF [http://sede.defensa.gob.es/acceda] no siendo válido ningún trámite realizado a través de cualquier otro portal electrónico de las Administraciones Públicas.
Resolución publicada por MINISTERIO DE DEFENSA, en el epígrafe «Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio».
Una resolución es un acto de un órgano concreto de la Administración. No crea normas generales: aplica las que ya existen a un caso determinado.