Datos clave: plazo de dos meses.
Resolución publicada por MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES, en el epígrafe «Recursos». Lo que hace: suspende la inscripción de una escritura de herencia en la que se inventaría una mitad indivisa de una finca como privativa de la causante, cuando en el Registro de la Propiedad consta inscrita como ganancial con su consorte, solicitando los herederos de la causante la rectificación del asiento registral.
Una resolución es un acto de un órgano concreto de la Administración. No crea normas generales: aplica las que ya existen a un caso determinado.