Datos clave: plazo de dos meses.
Lo que dice la norma: Competencia y procedimiento. Este recurso se interpone ante el Registro Mercantil que emitió la calificación negativa, para su elevación a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en virtud de lo dispuesto en los artículos 324 y siguientes de la Ley Hipotecaria. Segundo. Sobre el cumplimiento de la normativa aplicable. La declaración de titularidad real ha sido cumplimentada de forma veraz y conforme a la realidad societaria, reflejando con exactitud el porcentaje real de derechos de voto que ostenta el titular real, D. J., esto es, el 86,65%.
Resolución publicada por MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES, en el epígrafe «Recursos».
Una resolución es un acto de un órgano concreto de la Administración. No crea normas generales: aplica las que ya existen a un caso determinado.