Datos clave: importe: 153.000 euros; plazo de treinta días.
Lo que dice la norma: Modificación del texto refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre. Se modifican los títulos de los artículos 22 y 22 bis, dentro del capítulo III del título I del índice, que quedan redactados del siguiente modo: «Artículo 22. Reducción propia por la adquisición de bienes y derechos afectos a una actividad económica y de participaciones en entidades.» «Artículo 22 bis. Reducción propia por determinadas donaciones en metálico.» Dos. Se modifica el artículo 21, que queda redactado del siguiente modo: «Artículo 21. Reducciones en la base imponible.
Ley publicada por COMUNIDAD DE MADRID, en el epígrafe «Tributos».
Una ley la aprueba un parlamento — el estatal o el autonómico — y se publica en el BOE para entrar en vigor.
Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.