Datos clave: con efecto hasta el 31 de diciembre de 2028; importe: 23.661.710 euros; plazo de diez días.
Lo que dice la norma: Objeto. Este real decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones a las administraciones públicas y entidades culturales que se indican en el artículo 3, en aplicación de lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 28 de dicha ley, por concurrir razones de interés público, social y cultural debidamente justificadas que dificultan su convocatoria pública. Todas las ayudas se concederán en 2026 con independencia de que su plazo de ejecución puede extenderse a anualidades posteriores de acuerdo con lo dispuesto en la letra a) del artículo 6.
Real Decreto publicado por MINISTERIO DE CULTURA, en el epígrafe «Subvenciones».
Un real decreto es una norma del Gobierno aprobada en Consejo de Ministros: desarrolla lo que una ley deja abierto y es donde suele estar la letra pequeña que de verdad aplica.
Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.