Datos clave: con efecto hasta el 31 de diciembre de 2028; importe: 7.150.000 euros; plazo de cinco días.
Lo que dice la norma: Que el Estado, de conformidad con el artículo 149.1.20 de la Constitución, tiene competencia exclusiva sobre el transporte aéreo, correspondiendo al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de acuerdo con el Real Decreto 253/2024, de 12 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, garantizar los principios y el procedimiento previstos en el Reglamento (CE) 1008/2008 del Parlamento europeo y del Consejo, de 24 de septiembre de 2008, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad [en lo sucesivo, Reglamento (CE) 1008/2008], para velar por el adecuado cumplimiento de las obligaciones de servicio público que el Gobierno establezca en las rutas aéreas entre dos aeropuertos.
Resolución publicada por MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE, en el epígrafe «Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio».
Una resolución es un acto de un órgano concreto de la Administración. No crea normas generales: aplica las que ya existen a un caso determinado.