Datos clave: entra en vigor al día siguiente de publicarse; importe: 1.412,14 euros.

Lo que dice la norma: De acuerdo con los apartados 2 y 7 del artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social, así como en los apartados 1 y 4 del artículo 1 y apartados 1 y 4 del artículo 2 del Real Decreto-ley 14/2025 de 2 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público, se actualizan, con efectos de 1 de enero de 2024 respecto del incremento de 0,5 por ciento, con efectos de 1 de enero de 2025 respecto del incremento del 2,5 por ciento y con efectos de 1 de enero de 2026 respecto del incremento del 1,5 por ciento, las cuantías recogidas en el anexo V al que se refiere el artículo 13.Siete de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para los años 2024 y 2025, relativo a los módulos económicos de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados ubicados en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

Orden ministerial publicada por MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES, en el epígrafe «Personal docente. Retribuciones».

Una orden ministerial la firma un ministerio y está por debajo del real decreto: concreta detalles técnicos y procedimientos sin pasar por el Consejo de Ministros.

Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.