Datos clave: entra en vigor al día siguiente de publicarse.
Lo que dice la norma: Se autoriza a las entidades integrantes del sector público institucional estatal que figuran en el apartado tercero de este artículo a concertar una o varias operaciones de crédito extraordinarias hasta los importes máximos que, para cada una de ellas, figuran en el apartado tres citado.
Real Decreto-ley publicado por JEFATURA DEL ESTADO, en el epígrafe «Medidas urgentes».
Un real decreto-ley lo dicta el Gobierno por urgencia y tiene fuerza de ley, pero el Congreso debe convalidarlo en 30 días o decae.
Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.