Datos clave: plazo de 60 días.

Lo que dice la norma: Que con fecha 20 Octubre de 2025 se me notificó resolución de este Registro denegando mi solicitud de certificación literal sobre la finca registral número 2680, alegando insuficiencia de interés legítimo. Segundo. Que el artículo 221 de la Ley Hipotecaria reconoce expresamente que los interesados en una sucesión tienen derecho a obtener certificaciones literales de las inscripciones relacionadas con la herencia, encontrándose comprendidos los herederos o interesados en la sucesión de D. H. R. S., como queda acreditado con la partida de defunción y certificado de últimas voluntades aportados.

Resolución publicada por MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES, en el epígrafe «Recursos».

Una resolución es un acto de un órgano concreto de la Administración. No crea normas generales: aplica las que ya existen a un caso determinado.