Lo que dice la norma: «a) Principio de mínima intervención: la acción de gobierno tras el cese de la presidencia se limitará a la gestión del despacho ordinario de los asuntos públicos, absteniéndose de adoptar cualesquiera otras medidas, salvo casos de urgencia o por razones de interés general, cuya acreditación expresa así lo justifique.» Dos. El artículo 4 queda redactado del siguiente modo: «Artículo 4. Junta de Extremadura en funciones. La Junta de Extremadura que, de acuerdo con lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía, cesa porque lo hace su presidencia, continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo gobierno.

Disposición publicada por COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA, en el epígrafe «Organización».

El texto íntegro está enlazado al pie de esta pieza.

Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.