Datos clave: entra en vigor al día siguiente de publicarse; plazo de diez días.

Lo que dice la norma: Artículo único. «2. La actuación que se lleve a cabo con cargo a la subvención otorgada mediante este real decreto contribuirá a la ejecución parcial de la inversión I5 “Despliegue de infraestructuras digitales transfronterizas” del componente 15 del PRTR, contribuyendo al Hito CID #242 descrito en el anexo III de este real decreto.» Dos. El apartado 1 del artículo 4 queda con la siguiente redacción: «1. La subvención otorgada por este real decreto está sujeta al cumplimiento, ejecución y realización del Hito CID #242 fijado en el PRTR para la inversión C15.I5 «Despliegue de infraestructuras digitales transfronterizas» de la componente 15 del PRTR, que se describe en el anexo III.» Tres. «1.

Real Decreto publicado por MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, en el epígrafe «Subvenciones».

Un real decreto es una norma del Gobierno aprobada en Consejo de Ministros: desarrolla lo que una ley deja abierto y es donde suele estar la letra pequeña que de verdad aplica.

Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.