Lo que dice la norma: Artículo único. Se modifican las letras a) y b) del artículo 2.1, quedando redactadas como sigue: «a) El Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de Economía, Comercio y Empresa, que la presidirá. b) La persona titular del Ministerio de Hacienda, que ostentará la Vicepresidencia de la Comisión Delegada.» Dos. Se modifican las letras b) y c) del artículo 3.1, quedando redactadas como sigue: «b) El Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de Economía, Comercio y Empresa; la Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Trabajo y Economía Social; y la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Real Decreto publicado por PRESIDENCIA DEL GOBIERNO, en el epígrafe «Organización».

Un real decreto es una norma del Gobierno aprobada en Consejo de Ministros: desarrolla lo que una ley deja abierto y es donde suele estar la letra pequeña que de verdad aplica.

Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.