Datos clave: plazo de tres días.
Lo que dice la norma: Que con fecha 28 de octubre de 2025 he tenido conocimiento fehaciente de la venta de la finca registral 6595 (C.R.U. 39008000549989), sita en el término municipal de Bareyo (Ajo), referencia catastral 1966910VP5116SG000Rl, efectuada en el mes de agosto de 2025 por sus titulares registrales –los herederos A. R. y P. A.– a favor de Doña L. G. R., por la carta que adjunto mandada por usted, registrador de Santoña. Segundo. Que la finca transmitida es rústica y cuenta con una superficie inferior a una hectárea (1.727 m² según Registro) cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 1523 del Código Civil para el ejercicio del derecho de retracto de colindantes.
Resolución publicada por MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES, en el epígrafe «Recursos».
Una resolución es un acto de un órgano concreto de la Administración. No crea normas generales: aplica las que ya existen a un caso determinado.