Datos clave: con efecto hasta el 29 de diciembre de 1978; importe: 250.000 euros; plazo de un año.

Lo que dice la norma: Artículo único. Se introduce una.

Real Decreto-ley publicado por JEFATURA DEL ESTADO, en el epígrafe «Medidas urgentes».

Un real decreto-ley lo dicta el Gobierno por urgencia y tiene fuerza de ley, pero el Congreso debe convalidarlo en 30 días o decae.

Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.