Datos clave: plazo de quince días.
Lo que dice la norma: Que el Catastro Inmobiliario es un registro administrativo, dependiente del Ministerio de Hacienda, tal y como establece el artículo 1.1 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, en el que se describen, entre otros, los bienes inmuebles tal y como se definen en esta ley. Segundo. Que el Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda, establece que la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro Inmobiliario.
Resolución publicada por MINISTERIO DE HACIENDA, en el epígrafe «Convenios».
Una resolución es un acto de un órgano concreto de la Administración. No crea normas generales: aplica las que ya existen a un caso determinado.