Ley publicada por COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA, en el epígrafe «Función pública». Lo que hace: modificación del texto único de la Ley de la función pública de la Administración de la Generalitat de Catalunya aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997.
Una ley la aprueba un parlamento — el estatal o el autonómico — y se publica en el BOE para entrar en vigor.
Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.