Lo que dice la norma: Interlocución del personal que presta servicio en las oficinas judiciales con el Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial. Los directores y directoras de servicios comunes de tramitación que asistan al órgano judicial o a los órganos judiciales objeto de inspección actuarán como interlocutores con el Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial.
Disposición publicada por MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES, en el epígrafe «Servicio Público de Justicia».
El texto íntegro está enlazado al pie de esta pieza.