Datos clave: plazo de dos meses.

Lo que dice la norma: Los parámetros técnicos y económicos de retribución revisados para el tercer periodo regulatorio serán los que figuran en el anexo de la presente orden. Segundo. Eficacia. Esta orden será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y surtirá efectos desde el día 1 de enero de 2026.

Orden ministerial publicada por MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO, en el epígrafe «Energía eléctrica».

Una orden ministerial la firma un ministerio y está por debajo del real decreto: concreta detalles técnicos y procedimientos sin pasar por el Consejo de Ministros.

Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.