Datos clave: con efecto hasta el 30 de septiembre de 2026.

Lo que dice la norma: Extensión de efectos. Segundo. Eficacia. La presente orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Orden ministerial publicada por MINISTERIO DE HACIENDA, en el epígrafe «Ayudas».

Una orden ministerial la firma un ministerio y está por debajo del real decreto: concreta detalles técnicos y procedimientos sin pasar por el Consejo de Ministros.