Lo que dice la norma: Se aprueba el Programa de fomento del transporte público a través de un sistema de Abono Único, que se pone a disposición de todas las autoridades de transporte de ámbito autonómico, supramunicipal y local. Segundo. Impulso para el despliegue del Programa. Desde el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible se adoptarán las medidas necesarias que contribuyan a posibilitar la adhesión al sistema de todos los actores a los que va dirigido. Tercero. Seguimiento. Por la Secretaría General de Movilidad Sostenible se realizará con carácter anual, un informe de seguimiento del grado de implementación del Programa, así como de los impactos que el mismo está teniendo.
Orden ministerial publicada por MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE, en el epígrafe «Transporte público».
Una orden ministerial la firma un ministerio y está por debajo del real decreto: concreta detalles técnicos y procedimientos sin pasar por el Consejo de Ministros.