Datos clave: entra en vigor al día siguiente de publicarse; importe: 40.000 euros; plazo de tres meses.

Lo que dice la norma: TÍTULO PRELIMINAR Disposiciones generales Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. El presente real decreto-ley tiene por objeto regular, en el ámbito de la Administración General del Estado y de su sector público institucional, la relación entre los grupos de interés y las personas titulares de puestos públicos susceptibles de recibir influencia, en los términos previstos en el artículo 4, en aras de garantizar la transparencia, la responsabilidad, la integridad, la trazabilidad y la igualdad de oportunidades en la actividad de influencia legítima de los grupos de interés en los procesos de toma de decisiones públicas y prevenir situaciones de conflictos de intereses.

Real Decreto-ley publicado por JEFATURA DEL ESTADO, en el epígrafe «Medidas urgentes».

Un real decreto-ley lo dicta el Gobierno por urgencia y tiene fuerza de ley, pero el Congreso debe convalidarlo en 30 días o decae.

Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.