Lo que dice la norma: Se declara el cese de los efectos de la Orden INT/762/2026, de 25 de julio, por la que se amplía a la provincia de Toledo el ámbito territorial de la declaración de emergencia de interés nacional declarada por la Orden INT/748/2026, de 23 de julio, por la que se declara la emergencia de interés nacional en el territorio de la Comunidad de Madrid y en la provincia de Ávila como consecuencia de los incendios forestales, de conformidad con los artículos 28, 29 y 30 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, y con lo dispuesto en el apartado 6.1.3 del Plan Estatal General de Emergencias de Protección Civil (PLEGEM), aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2020 (BOE núm.

Orden ministerial publicada por MINISTERIO DEL INTERIOR, en el epígrafe «Emergencia de interés nacional».

Una orden ministerial la firma un ministerio y está por debajo del real decreto: concreta detalles técnicos y procedimientos sin pasar por el Consejo de Ministros.

Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.