Lo que dice la norma: Segundo. La presente declaración de interés nacional surtirá efectos desde el momento en que se acuerda hasta que se declare su finalización una vez restablecida la normalidad, y se comunicará a los órganos competentes de las comunidades autónomas afectadas. Sin perjuicio de lo anterior, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento.
Orden ministerial publicada por MINISTERIO DEL INTERIOR, en el epígrafe «Emergencia de interés nacional».
Una orden ministerial la firma un ministerio y está por debajo del real decreto: concreta detalles técnicos y procedimientos sin pasar por el Consejo de Ministros.
Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.