Datos clave: entra en vigor el día 15 de enero de 2026.
Orden ministerial publicada por MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL, en el epígrafe «Convenios colectivos de trabajo». Lo que hace: actualiza el contenido del anexo 2 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.
Una orden ministerial la firma un ministerio y está por debajo del real decreto: concreta detalles técnicos y procedimientos sin pasar por el Consejo de Ministros.
Va en la Sección I del BOE, la de disposiciones generales: es donde aparece lo que cambia las reglas para todo el mundo, no solo para un expediente concreto.